1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 .. 28
3
 
CONDICIONES GENERALES
El
presente
DOCUMENTO
DE
IDONEIDAD
TÉCNICA
evalúa
exclusivamente
la
solución
constructiva
propuesta por el peticionario debiendo para cada caso, de acuerdo con la Normativa vigente, acompañarse del
preceptivo proyecto de edificación y
llevarse a término mediante la dirección de obra correspondiente.
Será el
proyecto de edificación el que contemple en cada caso, las acciones que la solución constructiva trasmite a la
estructura general del edificio, asegurando que éstas son admisibles.
 
CONDICIONES DE FABRICACIÓN Y CONTROL
El fabricante deberá mantener el autocontrol que en la actualidad realiza sobre las materias primas, el proceso
de fabricación y
el producto acabado, conforme a las indicaciones que se dan en el apartado 4 del presente
documento.
 
CONDICIONES DE UTILIZACIÓN Y PUESTA EN OBRA
El
Sistema
de
tejados
VEREALINE
SYSTEM
,
evaluado
en
el
presente
documento
está
previsto
para
la
ejecución
de
cubiertas
inclinadas,
mediante
la
unión
y
superposición
de
piezas
cerámicas
(tejas
mixtas
de
solape) sobre placas de Onduline Bajo Teja que, una vez dispuestas y fijadas al soporte, ofrecen el aspecto de
un
tejado
tradicional.
 
El
Sistema
de
cubierta
no
contribuye
a
la
estabilidad
global
de la
edificación,
y
debe
asegurarse en el proyecto de ejecución global de la obra su estabilidad particular, con la distribución y
puntos
de fijación necesarios o con las uniones convenientes a otros elementos constructivos.
 
La puesta en obra de la solución constructiva debe ser realizada por
empresas especializadas y cualificadas,
reconocidas por el beneficiario, bajo la asistencia técnica de éstos.
Dichas empresas asegurarán que la puesta
en
obra
del
Sistema
se
efectúa
en
las
condiciones
y
campos
de
aplicación
cubiertos
por
el
presente
Documento
respetando
las
observaciones
formuladas
por
la
Comisión
de
Expertos.
 
Una
copia
del
listado
actualizado de empresas instaladoras reconocidas por el beneficiario, estará disponible en el IETcc.
 
Se
adoptarán
todas
las
disposiciones
necesarias
relativas
a
la
estabilidad
de
las
construcciones
durante
el
montaje, a los riesgos de caída de cargas suspendidas, de protección de personas y, en general, se tendrán en
cuenta las disposiciones contenidas en los reglamentos vigentes de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 
VALIDEZ
El presente Documento de Idoneidad Técnica número 590R/18 es válido durante un período de cinco años a
condición de:
-
que
el
fabricante
no
modifique
ninguna
de
las
características
del
producto
indicadas
en
el
presente
Documento de Idoneidad Técnica,
-
que
el
fabricante
realice
un
autocontrol
sistemático
de
la
producción
tal
y
como
se
indica
en
el
Informe
Técnico,
-
que
anualmente
se
realice
un
seguimiento,
por
parte
del
Instituto,
que
constate
el
cumplimiento
de
las
condiciones anteriores, visitando, si lo considera oportuno, alguna de las obras realizadas.
 
Con el resultado favorable del seguimiento, el IETcc emitirá anualmente un certificado que deberá acompañar
al DIT, para darle validez.
 
Este Documento deberá, por tanto, renovarse antes del 4 de junio de 2023.
 
Madrid, 4 de junio de 2018
 
LA DIRECTORA DEL INSTITUTO DE CIENCIAS
DE LA CONSTRUCCIÓN EDUARDO TORROJA
 
 
 
 
Marta María Castellote Armero