3
CONDICIONES GENERALES
El
presente
DOCUMENTO
DE
IDONEIDAD
TÉCNICA
evalúa
exclusivamente
el
Sistema
constructivo
propuesto por el peticionario debiendo para cada caso, de acuerdo con la Normativa vigente, acompañarse del
preceptivo proyecto de edificación y llevarse a término mediante la dirección de obra correspondiente.
Será el
proyecto
de
edificación
el que
contemple en cada caso, las acciones que
el Sistema
trasmite a la
estructura
general del edificio, asegurando que éstas son admisibles.
CONDICIONES DE FABRICACIÓN Y CONTROL
El fabricante deberá mantener el autocontrol que en la actualidad realiza sobre las materias primas, el proceso
de fabricación y
el producto
acabado, conforme
a las indicaciones que
se
dan en el apartado 5 del presente
documento.
CONDICIONES DE UTILIZACIÓN Y PUESTA EN OBRA
El
Sistema de tejados VEREA SYSTEM
, evaluado en el presente documento está previsto para la ejecución
de
cubiertas
inclinadas,
mediante
la
unión
y
superposición
de
piezas
cerámicas
(tejas
curvas
y
mixtas
de
solape)
sobre
placas de fibrocemento que, una vez dispuestas y
fijadas al soporte,
ofrecen el aspecto
de
un
tejado
tradicional.
El
Sistema
de
cubierta
no
contribuye
a
la
estabilidad
global
de
la
edificación,
y
debe
asegurarse en el proyecto de ejecución global de la obra su estabilidad particular, con la distribución y puntos
de fijación necesarios o con las uniones convenientes a otros elementos constructivos.
La puesta en obra del Sistema debe ser realizada por empresas especializadas y cualificadas, reconocidas por
los beneficiarios,
bajo la asistencia técnica
de éstos.
Dichas empresas asegurarán que
la puesta en obra del
Sistema
se
efectúa
en
las
condiciones
y
campos
de
aplicación
cubiertos
por
el
presente
Documento
respetando las
observaciones formuladas por
la
Comisión de Expertos.
Una
copia
del listado actualizado
de
empresas instaladoras reconocidas por los beneficiarios, estará disponible en el IETcc.
Se
adoptarán
todas
las
disposiciones
necesarias
relativas
a
la
estabilidad
de
las
construcciones
durante el
montaje, a los riesgos de caída de cargas suspendidas, de protección de personas y, en general, se tendrán en
cuenta las disposiciones contenidas en los reglamentos vigentes de Seguridad y Salud en el Trabajo.
VALIDEZ
El presente
Documento
de Idoneidad
Técnica
número 622/16,
es válido durante un período
de
cinco años a
condición de:
-
que
el
fabricante
no
modifique
ninguna
de
las
características
del
producto
indicadas
en
el
presente
Documento de Idoneidad Técnica,
-
que
el
fabricante
realice un
autocontrol
sistemático
de
la
producción
tal
y
como
se
indica
en
el
Informe
Técnico,
-
que
anualmente
se
realice
un
seguimiento,
por
parte
del
Instituto,
que
constate
el
cumplimiento
de
las
condiciones anteriores, visitando, si lo considera oportuno, alguna de las obras realizadas.
Con el resultado favorable del seguimiento, el IETcc emitirá anualmente un certificado que deberá acompañar
al DIT, para darle validez.
Este Documento deberá, por tanto, renovarse antes del 25 de mayo de 2021
Madrid, 25 de mayo de 2016
LA DIRECTORA DEL INSTITUTO DE CIENCIAS
DE LA CONSTRUCCIÓN EDUARDO TORROJA
Marta María Castellote Armero