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CONDICIONES GENERALES
El presente DOCUMENTO DE IDONEIDAD TÉCNICA evalúa exclusivamente el Sistema constructivo
propuesto por el peticionario debiendo para cada caso, de acuerdo con la Normativa vigente, acompañarse
del preceptivo proyecto de edificación y llevarse a término mediante la dirección de obra correspondiente.
Será el proyecto de edificación el que contemple en cada caso, las acciones que el Sistema trasmite a la
estructura general del edificio, asegurando que éstas son admisibles.
CONDICIONES DE FABRICACIÓN Y CONTROL
El fabricante deberá mantener el autocontrol que en la actualidad realiza sobre las materias primas, el
proceso de fabricación y el producto acabado, conforme a las indicaciones que se dan en el apartado 5 del
presente documento.
CONDICIONES DE UTILIZACIÓN Y PUESTA EN OBRA
El
Sistema de tejados VEREA S SYSTEM
, evaluado en el presente documento está previsto para la
ejecución de cubiertas inclinadas, mediante la unión y superposición de piezas cerámicas (tejas mixtas de
solape) sobre placas de fibrocemento que, una vez dispuestas y fijadas al soporte, ofrecen el aspecto de un
tejado tradicional. El Sistema de cubierta no contribuye a la estabilidad global de la edificación, y debe
asegurarse en el proyecto de ejecución global de la obra su estabilidad particular, con la distribución y puntos
de fijación necesarios o con las uniones convenientes a otros elementos constructivos.
La puesta en obra del Sistema debe ser realizada por empresas especializadas y cualificadas, reconocidas
por los beneficiarios, bajo la asistencia técnica de éstos. Dichas empresas asegurarán que la puesta en obra
del Sistema se efectúa en las condiciones y campos de aplicación cubiertos por el presente Documento
respetando las observaciones formuladas por la Comisión de Expertos. Una copia del listado actualizado de
empresas instaladoras reconocidas por los beneficiarios, estará disponible en el IETcc.  
Se adoptarán todas las disposiciones necesarias relativas a la estabilidad de las construcciones durante el
montaje, a los riesgos de caída de cargas suspendidas, de protección de personas y, en general, se tendrán
en cuenta las disposiciones contenidas en los reglamentos vigentes de Seguridad y Salud en el Trabajo.
VALIDEZ
El presente Documento de Idoneidad Técnica número 561/10, es válido durante un período de cinco años a
condición de:
-
que el fabricante no modifique ninguna de las características del producto indicadas en el presente
Documento de Idoneidad Técnica,
-
que el fabricante realice un autocontrol sistemático de la producción tal y como se indica en el Informe
Técnico,
-
que anualmente se realice un seguimiento, por parte del Instituto, que constate el cumplimiento de las
condiciones anteriores, visitando, si lo considera oportuno, alguna de las obras realizadas.
Con el resultado favorable del seguimiento, el IETcc emitirá anualmente un certificado que deberá acompañar
al DIT, para darle validez.
Este Documento deberá, por tanto, renovarse antes del 21 de julio de 2015.
 
Madrid, 21 de julio de 2010
 
EL DIRECTOR DEL INSTITUTO DE CIENCIAS
DE LA CONSTRUCCIÓN EDUARDO TORROJA
 
 
 
 
 
 
 
 
Víctor R. Velasco Rodríguez